2.12.08

LA DGT NO PUEDE MULTAR POR NO LLEVAR EL RECIBO DEL SEGURO


Bueno, pues la DGT, con fecha 17-Oct.-2008 ha dicho que ya no es obligatorio llevar el recibo del seguro en el vehiculo, ya que las comprobaciones tendrán que hacerla los agentes via telemática, accediendo al fichero informatico de vehiculos asegurados. Así que dejarán de chuparse esos 60€ de multa que te colaban por algo que nunca ha sido legal, ya que la ley de administraciones públicas defendia que el usuario no tiene por qué llevar documentos que ya posean las administraciones públicas. El archivo PDF de la DGT lo puedes ver aqui... http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/prensa_campanas/notas_prensa/notaprensa102.pdf

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